Aclaraciones sobre tratamiento al subsidio a la sustitución de la carne de res por pollo en las dietas médicas.

Imprimir

Ratio: 5 / 5

Inicio activadoInicio activadoInicio activadoInicio activadoInicio activado
 
Valorar:
( 2 Ratings )

dietamedica781278266126812

Atendiendo a las múltiples dudas sobre el asunto de referencia, se esclarece que, cuando por déficit de Carne de Res se sustituye la entrega por Pollo, se subsidia este producto cuando su entrega corresponde a los niños que reciben este producto según la política de distribución, con alcance también a las dietas médicas de Retrovirosis, Embarazo, Fórmula Basal, así como las dietas médicas de las enfermedades crónicas de la infancia (anexo 1).

No tendrán igual tratamiento el resto de las dietas médicas (anexo 2). Para estos casos, de existir núcleos familiares que resulten vulnerables y no puedan asumir el pago de los productos que conforman el dietario médico, deberán ser atendidos por la asistencia social, según procedimiento vigente a estos efectos.

ANEXO 1- Relación de dietas médicas que reciben subsidio por concepto de sustitución de Carne de Res con Pollo.

- 06-02, Embarazo a las 14 semanas y más

- 18-11, Fórmula basal

- 32-24, Retrovirosis crónica

- Enfermedades crónicas de la infancia,que incluyen:


ANEXO 2- Relación del resto de las patologías del dietario médico nacional, que no se subsidia el precio del pollo cuando sustituye carne de res.

*Se realiza evaluación del tratamiento aprobado a estas dietas, que debe finalizar en o antes del 20 de febrero de 2021.